¿Te suena el sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE)? Si eres una comercializadora de energía que estás sujeta a una cuota anual de ahorro energético, este nuevo sistema puede permitirte sustituir de forma voluntaria un porcentaje de tus pagos al Fondo Nacional de Eficiencia Energética por un ahorro energético certificado. Es decir, este nuevo sistema creará un nuevo mercado de compra-venta de ahorros energéticos en el que entrarán en juego las comercializadoras de electricidad o gas, que constituyen los sujetos obligados; los clientes finales, que podrán conseguir ahorros energéticos para sus proyectos; y las empresas de servicios energéticos (ESE), que constituyen los sujetos delegados y generarán y suministrarán los CAE al mercado. Este nuevo sistema viene determinado por el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero; la Orden TED/296/2023, de 27 de marzo y un borrador todavía en tramitación por los cuales se establece que los sujetos obligados deberán satisfacer al menos un 60% de su cuota de obligación de ahorro mediante aportaciones económicas al FNEE, pudiendo satisfacer el resto de su obligación mediante la expedición de CAE. El borrador de la norma, en tramitación para su consiguiente aprobación, se prevé que salga a la luz próximamente, por lo que anticiparse a este cambio es imprescindible para poder monetizar los ahorros energéticos generados.
¿Qué es un Certificado de Ahorro Energético (CAE)?
Un certificado de ahorro energético (CAE) es un documento que acredita un ahorro medible de energía derivados de una actuación de eficiencia energética. Estas engloban acciones dirigidas a ahorrar energía en ámbitos tan diversos como la iluminación, la climatización, los procesos industriales, etc…
El Sistema de CAE interesa a aquellas compañías que están obligadas a realizar contribuciones financieras al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, que son, comercializadoras de electricidad o gas y operadores al por mayor de productos petrolíferos.